En comisión, senadores avanzaron en la reforma del Código Procesal Laboral

En comisión, senadores avanzaron en la reforma del Código Procesal Laboral

FacebookTwitteremailPrint En el marco de la Comisión de Legislación General, se analizaron artículos con el objetivo de que en los próximos meses pueda tener media sanción el proyecto por el cual se deroga la Ley Nº 5315   Por otro lado, los legisladores también abordaron proyectos sobre energías renovables. Posteriormente en la Comisión de Asuntos […]

En el marco de la Comisión de Legislación General, se analizaron artículos con el objetivo de que en los próximos meses pueda tener media sanción el proyecto por el cual se deroga la Ley Nº 5315
 
Por otro lado, los legisladores también abordaron proyectos sobre energías renovables. Posteriormente en la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos, se trabajó en el proyecto de ley de Procedimientos Constitucionales.

Este miércoles al mediodía se llevó adelante un nuevo encuentro de la Comisión de Legislación General, en el segundo piso de Casa de Gobierno. Quienes intercambiaron puntos de vista sobre el nuevo Código Procesal Laboral, fueron los senadores de San Salvador, y presidente de la Comisión, Lucas Larrarte; de Feliciano, Miriam Espinoza; de Federal, Nancy Miranda; de Concordia, Ángel Giano; de La Paz, Aldo Ballestena; de Paraná, Raymundo Kisser, y de Nogoyá, Beltrán Lora.

Los principios procesales que rigen el proyecto del nuevo Código que cuenta con 470 artículos, y fue enviado por el Superior Tribunal de Justicia, son los de “oficiosidad, oralidad, inmediación, celeridad, concentración, simplificación de las formas, publicidad, buena fe, lealtad, veracidad, colaboración procesal, gratuidad, protectorio y efectividad de la tutela de los derechos sustanciales”.

Los legisladores avanzaron en el análisis de distintos artículos, y consensuaron proseguir con el estudio para arribar a un proyecto final. 

Cabe agregar que Larrarte mantuvo un encuentro con el presidente del Superior Tribunal de Justicia, Emilio Castrillón, para abordar este proyecto.
• Energía renovable

Otro tema tratado fue un proyecto del senador Lora, que tiene por objeto el establecimiento de las condiciones administrativas, técnicas y económicas para la aplicación de la modalidad de suministro de energía eléctrica con “Autogeneración distribuida renovable”.

Luego de exponer distintas visiones, y textos al respecto que se encuentran tanto en la Cámara Alta como en Diputados, los legisladores acordaron reunir todos los proyectos sobre este tema y unificar en uno solo para poder darle curso a una media sanción. 

• Asuntos Constitucionales

Posteriormente, se dio lugar al trabajo de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos. El presidente de la misma, el senador Larrarte, propuso abordar nuevamente el texto enviado por el Poder Ejecutivo por el cual se modificaría la Ley 8369 de procedimientos constitucionales.

Los senadores, tras repasar la redacción de algunos artículos, coincidieron en proceder a la firma del despacho correspondiente, para que el proyecto sea tratado en la próxima sesión del cuerpo.

• El proyecto

El texto que consta de 18 artículos, enviado por el Poder Ejecutivo a la Legislatura, pretende modificar y promover la mejora de la Ley de Procedimientos Constitucionales de la Provincia de Entre Ríos N° 8.369, la cual rige la materia de la protección de los derechos fundamentales desde octubre de 1990. En los argumentos se detalla que “desde aquella fecha hasta el presente, han transcurrido 28 años, en los cuales han sucedido acontecimientos de gran relevancia, que marcan la necesidad de producir la reforma que propiciamos”.

Más adelante, el Poder Ejecutivo sostiene que “interpretando la necesidad social de producir reformas en el sistema de administración de justicia y de los procedimientos, ha sido trabajada esta iniciativa, que se pone en consideración de la Legislatura, en el más claro convencimiento de estar contribuyendo, por un lado, a reglamentar institutos de la Constitución de 2008 y por el otro, estableciendo responsabilidades del pleno del Superior Tribunal en materia de amparo y otros procedimientos constitucionales, realizando por otra parte, un esfuerzo de diseño de las reformas, que tiende a no alongar en modo alguno los tiempos – que deben ser breves- de los procedimientos constitucionales, para lo cual se han tomado las debidas precauciones en lo referido a los plazos”.
 
 

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