FacebookTwitteremailPrintLuego de la movilización de productores rurales este miércoles hacia el Túnel Subfluvial, el fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, adelantó que este viernes estará enviando al Ministerio de Economía -de quien depende la Secretaría de Producción- el proyecto de reglamento para establecer las condiciones de fumigación en cercanía a las escuelas […]
Luego de la movilización de productores rurales este miércoles hacia el Túnel Subfluvial, el fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, adelantó que este viernes estará enviando al Ministerio de Economía -de quien depende la Secretaría de Producción- el proyecto de reglamento para establecer las condiciones de fumigación en cercanía a las escuelas rurales. Luego deberá definir “el gobernador y su equipo” cómo continua el camino de la disposición, explicó al ser consultado.
“A partir de los fallos que hubo estamos trabajando en un reglamento, no sé si será un decreto o una resolución, pero materialmente es un reglamento que establezca las condiciones de aplicación de plaguicidas en los casos de las escuelas rurales, por un lado, y de las escuelas agrotécnicas, por otro, que son un caso especial”, contó en el programa En el dos mil también (FM Nueva Litoral). Al respecto, recordó que la provincia cuenta en la actualidad con la Ley N.º 6.599, y subrayó: “Partamos de la base que es la autoridad nacional, a través del Senasa, la que certifica, registra y autoriza la venta de plaguicidas, no es la provincia”.
“La forma en que se aplican los productos habilitados es competencia de la provincia y también de la sanción, yo diría que es una competencia concurrente, atento a que la provincia tiene el deber de preservar la salud pública, y en particular en este caso la salud de la población escolar”, señaló.
“Más allá de las consideraciones que uno pueda hacer respecto a los fallos, son fallos judiciales, y comenzamos a trabajar en un proyecto con un equipo de mucha gente. Hicimos muchas consultas, a organismos nacionales y provinciales, Secretaría de Salud, de Ambiente, de Producción, el INTA, el Senasa, las universidades; el gobernador después dispondrá si lo firma o lo corrige”, apuntó. “Nosotros apuntamos no tanto a encerrarnos sobre los metros de distancia sino a la intensidad con que la provincia ejerce el poder de policía en el control de las aplicaciones”, adelantó.
Consultado respecto a si la provincia cuenta con recursos humanos y técnicos para llevar adelante ese control, sostuvo: “Diría que hay recursos, lo que pasa es que hay que redistribuir. No se puede poner un empleado público en cada máquina aplicadora, pero hoy existe tecnología que se puede incorporar a las máquinas, y está previsto en la norma. Se puede incorporar tecnología para informar online a un centro de control -con sede en la autoridad de aplicación- en el momento en que se está realizando la aplicación, el tipo de máquina, si está homologada o no, el tipo de producto que está colocando, sobre qué cultivo, en el lugar geográfico exacto”, detalló. Y agregó: “Uruguay lo está haciendo y hay productores privados que están incorporándolo en Argentina, y hay empresas que fabrican máquinas aplicadoras terrestres o aéreas que ya vienen con ese equipamiento”.
Respecto a las distancias de pulverización, luego de que el fallo judicial fijara respetar límites de 1000 (terrestres) y 3000 (aéreas) metros, dijo: “Hay distancias que se van a mantener, e inclusive no van a ser las que salieron en los fallos, porque se hicieron bajo la presunción de que la provincia no había explicado en forma suficiente que las distancias del Decreto 4.407 -que fue el que estableció 100 y 500 metros- garantizaban que se preserva la salud de la población escolar”.
En ese contexto, tras los fallos: “Recabamos mucha información acerca de lo que es la deriva, y todos los trabajos dan entre 20 metros para las aplicaciones terrestres y 45 para las aéreas”, afirmó respecto del material recabado en esta instancia para elaborar el reglamento. Y prosiguió: “Nosotros estamos mucho mas allá de eso, inclusive sin quedarnos con las distancias de 1000 y 3000 metros, incorporamos una segunda área donde a partir de los 100 y los 500 metros va a haber determinadas restricciones, como para encontrar un punto intermedio entre las sentencias y las distancias del decreto. Pero no nos quedamos en las distancias, vamos a otras medidas que intensifican el control de las aplicaciones, como registrar las máquinas. No puede haber una aplicación que se esté realizando con una máquina que no esté debidamente en condiciones de hacerla, porque el daño que se puede producir es real; o que las escuelas rurales no tengan una cortina vegetal, eso hay que hacerlo, el tema es a qué distancias, en qué condiciones”.
En ese punto el fiscal de Estado fue consultado si, además de los organismos oficiales y universidades, fueron consultadas organizaciones que trabajan sobre la problemática. “Tuve muy en cuenta para trabajar un petitorio que presentó a la Secretaría de la Producción el Foro Ecologista en diciembre de 2017. Muchos reclamos que están ahí contenidos los consideramos para incorporarlos a la norma”, aseguró.
Al volver sobre las sentencias judiciales, añadió: “Cuando se dicta el primer fallo, el juez (Oscar) Benedetto consideró que había un vacío normativo vinculado al problema de las escuelas rurales; la segunda sentencia judicial dice que las distancias que están puestas (en el decreto) no están sustentadas sobre argumentos científicos que demuestren que no va a haber daño. Nosotros trabajamos sobre los argumentos científicos, pero agregamos más requisitos en una zona que sería de amortiguamiento, a continuación de las zonas de exclusión”.
Respecto del vacío normativo, dijo: “Intentamos corregirlo con este proyecto de reglamento, porque por ahí se habla de un proyecto de ley, no es necesario en esta instancia un proyecto de ley”. Y al respecto observó que la Secretaría de Producción ha emitido los reglamentos que “refieren a las distancias sobre cursos de agua, sobre ejidos municipales”, pero, agregó, “lo que no estaba regulado era la situación de las escuelas rurales, según el primer fallo”. Y acotó: “Ese fallo para mí tiene otro pecado, que es más jurídico que material: dictó una ley el juez, y los jueces no pueden legislar, avanzó sobre facultades del Poder Ejecutivo. Lo que debería haber dicho es que emitan una norma que resuelva este problema, pero no dictarla él mismo. No obstante, tomamos lo material, está en juego la salud humana y nos pusimos a trabajar, es un tema sensible, y está en evolución permanente. La información es compleja”.
Finalmente, sobre el cálculo de 340 mil hectáreas que se estima quedarían improductivas, explicó que el número sale teniendo en cuenta la superficie sobre la que estarán prohibidas las aplicaciones terrestres, “y supera las 2 millones sumando las prohibiciones por aplicaciones aéreas”, afirmó. “La provincia no llega a 8 millones de hectáreas completas, entonces la superficie cultivada debe estar en no más de 700 mil, es muy significativo. También es verdad que no es totalmente lineal el cálculo, por eso se ordena hacer un mapa de ubicación de todas las escuelas y un seguimiento georeferencial y de lo que se haga alrededor de ellas. La idea es reducir lo que deja improductivo este fallo”.