El Concejo Deliberante de Federación Declaró de INTERÉS MUNICIPAL al “Proyecto de Ley Provincial por Iniciativa Popular B.E.G.U. (Boleto Estudiantil Gratuito y Universal)”

El Concejo Deliberante de Federación Declaró de INTERÉS MUNICIPAL al “Proyecto de Ley Provincial por Iniciativa Popular B.E.G.U. (Boleto Estudiantil Gratuito y Universal)”

FacebookTwitteremailPrintEl objetivo del Proyecto es la creación de un sistema que establezca la gratuidad del boleto de transporte tanto para alumnas y alumnos como para docentes y personal no docente de la comunidad educativa de la Provincia de Entre Ríos en todos sus niveles; proyecto impulsado por la Comisión Promotora del Proyecto de Ley Provincial […]

El objetivo del Proyecto es la creación de un sistema que establezca la gratuidad del boleto de transporte tanto para alumnas y alumnos como para docentes y personal no docente de la comunidad educativa de la Provincia de Entre Ríos en todos sus niveles; proyecto impulsado por la Comisión Promotora del Proyecto de Ley Provincial BEGU.-
Entre los CONSIDERANDO se expresa:
Que mediante la misma se dirigen a este Cuerpo Legislativo a los efectos de solicitar que el mismo declare de “Interés Municipal” el “Proyecto de Ley Provincial por Iniciativa Popular B.E.G.U. (Boleto Estudiantil Gratuito y Universal)”.-
Que la Comisión solicitante entiende que la educación es un derecho humano fundamental y es el Estado en todos sus niveles el garante del ejercicio del mismo por parte de los ciudadanos, así como que el trabajo docente constituye un pilar imprescindible para la vida de una sociedad democrática, libre y soberana.-
Que el proyecto tiene como objetivo la creación de un sistema que establezca la gratuidad del boleto de transporte tanto para alumnos como para docentes y personal no docente de la comunidad educativa de la Provincia de Entre Ríos en todos sus niveles.-
Que la necesidad de garantizar el ejercicio del derecho a la educación, base indispensable de una sociedad más justa, equitativa y propicia a la movilidad social ascendente de los individuos que la componen, se tradujo en la conformación de un proyecto emanado de la ciudadanía que en uso de las herramientas jurídicas que dispone nuestra Constitución Provincial para el ejercicio de la Democracia participativa, en este caso la Iniciativa Popular (Art. 49º), emprendió el desafío de contribuir a transformar la realidad del pueblo entrerriano.-
Que ha de tenerse presente que llevar adelante un Proyecto de Ley por Iniciativa Popular conlleva constantes desafíos y dificultades, entre ellos el requerimiento de la adhesión al mismo de por lo menos el dos por ciento (2%) de la totalidad del padrón electoral de la Provincia, el cual debe tener una adecuada distribución territorial. En tal sentido, resulta necesario recordar que en la Provincia no se han sancionado leyes que cuenten con este origen y son muy escasas las leyes originadas por Iniciativa Popular sancionadas en el congreso de la República Argentina.-
Que no obstante, el grupo de trabajo que lleva adelante esta iniciativa, conformado por estudiantes, docentes, profesionales y ciudadanos en general, se encuentra en constante ampliación a lo largo y ancho de la Provincia. Gracias a ello, el proyecto ha recibido un gran apoyo por parte de la ciudadanía, contando ya con más de siete mil (7.000) firmas de diversas localidades de la provincia, de las veinticinco mil (25.000) que son requeridas para la presentación del proyecto..-
Que si bien el proyecto de ley atiende a una problemática estrictamente económica, insistimos en que la educación es un derecho humano fundamental para la formación del ciudadano como eslabón de una sociedad y la construcción de una nación libre.-
Que en ese sentido, se entiende que el Congreso, en este caso provincial, tiene el compromiso de sancionar políticas públicas que pongan efectivamente a disposición los elementos necesarios a fin de proveer lo conducente al desarrollo humano y al progreso económico específicamente, la posibilidad de acceder a los centros de estudio ya sea como estudiante, como docente y como trabajador no docente de la comunidad educativa.
Que los promotores de esta Iniciativa Popular están convencidos de que en caso de ser aprobado, el Boleto Estudiantil Gratuito y Universal se constituirá no sólo en una herramienta más para garantizar el derecho a aprender y a enseñar de todas y todos los estudiantes y docentes de nuestra Provincia, sino que también situará a Entre Ríos como modelo de sociedad que apuesta y garantiza la formación de sus ciudadanos, convirtiéndose en punto obligado de referencia más allá de las fronteras provinciales.-
Que desde la Comisión Promotora del Boleto Estudiantil Gratuito y Universal se proponen herramientas efectivas para hacer realidad el Artículo 13º del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Artículo 3º de la Convención Internacional sobre los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes; el Preámbulo y el Artículo 75º Inc. 22 de nuestra Constitución Nacional, los Artículos 257º, 258º, siguientes y concordantes de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos;.-
Que este Cuerpo Legislativo en total concordancia con lo expresado por la Comisión Promotora del Proyecto de Ley Provincial BEGU; y teniendo en cuenta que tan importante Proyecto se encuadra en las disposiciones vigentes para la Declaración de Interés Municipal, resuelve otorgar la misma.-
Que en la XIV SESIÓN EXTRAORDINARIA del corriente año llevada a cabo el día 28 de Agosto de 2019, fue aprobada sobre tablas y por unanimidad la presente Resolución.

Arriba