FacebookTwitteremailPrint Estará vigente desde el 23 de septiembre • Se podrá realizar en forma electrónica a través de la página web del organismo, con clave fiscal • El programa apunta a contener situaciones de empresas y contribuyentes para que mantengan su regularidad fiscal y se evite la vía judicial Luego de finalizado el Régimen […]
Estará vigente desde el 23 de septiembre • Se podrá realizar en forma electrónica a través de la página web del organismo, con clave fiscal • El programa apunta a contener situaciones de empresas y contribuyentes para que mantengan su regularidad fiscal y se evite la vía judicial
Luego de finalizado el Régimen de Normalización Fiscal en junio, en el que miles de contribuyentes regularizaron su situación ante el fisco provincial por unos 2 mil millones de pesos, la ATER lanza un nuevo programa atento a la coyuntura económica actual.
El Programa está motivado en los efectos de las políticas macroeconómicas vigentes sobre el entramado productivo y comercial de la provincia, la necesidad del gobierno de sostener la atención de los programas prioritarios en materia sanitaria y social, buscando compensar el impacto negativo de las medidas del gobierno nacional sobre la coparticipación a la provincia y los municipios.
El esquema representa una medida de excepción, con vigencia hasta el 31 de diciembre, en tanto se espera un cambio de rumbo y condiciones del modelo económico nacional, buscando sostener y contener la situación de regularidad fiscal de empresas con problemas económicos y financieros.
Las principales características del Programa de Regularidad Fiscal son:
•Para deudas vencidas al 31 de agosto, debiendo tener pagas las obligaciones que venzan con posterioridad para poder acceder al Programa.
•Prevé hasta 36 cuotas.
• El porcentaje de anticipo es de 5 a 10% según la cantidad de cuotas. El % de anticipo se duplica si ya se encuentra en estado judicial.
• No implica quita de accesorios devengados.
• Hay 3 categorías de contribuyentes según su nivel de deuda: A personas humanas hasta 100 mil pesos de deuda actualizada, B: los que no entran en A, hasta 1 millón de pesos de deuda actualizada, C: con deuda actualizada de más de 1 millón de pesos. La categoría define algunos requisitos, el valor de la cuota mínima, y el canal para tramitarlo (vía web para B y C).
• Las tasas de interés, por debajo de las de mercado, van del 1,5 al 2,5%, según el plazo elegido.
No se suspenden las acciones de cobranza del organismo en tanto no se ingrese al Programa.