El Instituto de Pediatría de Concordia reconoció que se encuentra ante una situación financiera muy difícil a raíz del embargo de sus cuentas por la condena de un juicio.
El Instituto de Pediatría de Concordia atraviesa una particular situación a raíz no sólo de la pandemia por el coronavirus, sino como consecuencia de una sentencia en primera instancia en la que fue condenada solidariamente junto al Gobierno de Entre Ríos.
En ese marco, el abogado Martín Jáuregui reconoció a ANÁLISIS DIGITAL la situación, aunque aclaró que él hace 48 horas que se hizo cargo de la defensa del Instituto de Pediatría y es ajeno a la estrategia jurídica que se había sustanciado hasta entonces.
El abogado explicó que le llama “mucho la atención que el Superior Gobierno de Entre Ríos, haya omitido expresar los agravios y con ello desertado del recurso de apelación siendo que por protocolo es un imperativo de rigor en todas las sentencias dictadas contra las arcas públicas” y similar concepto tuvo por la omisión de fundar los recursos por parte de los propios abogados del Instituto de Pediatría.
Para Jáuregui, el Estado provincial está condenado solidariamente con el Instituto de Pediatría y tiene a su cargo la salud pública, por lo que en el marco de la pandemia “es una función ineludible del Estado acudir en auxilio del Instituto, simplemente haciéndose cargo de la condena que pesa sobre ella, y negociando con las aseguradoras e incluso con el mismo Instituto un recupero parcial de dichos fondos”.
Caso contrario, adelantó el letrado, “la semana venidera el Instituto de Pediatría no podrá pagar los sueldos ni seguir operando en la región como lo hace desde hace cuarenta años. Máxime que el origen de este pleito se produce por el deficiente servicio de Seguridad de la provincia ya que el cirujano no pudo concurrir y por eso se derivó a la paciente, porque ese mismo día el motín policial (de diciembre de 2013), los desmanes, robos y caos existentes en Concordia, dificultaron toda circulación. Es decir, hubo una causa de fuerza mayor no atribuible a los médicos, pero sí al Gobierno que no pudo controlar la seguridad pública”, resaltó el abogado.
La causa
El 7 de abril pasado –de acuerdo al Expediente Nº 8937- se condenó al médico Marcelo Javier Vera, al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, y a Carlos Alfredo Arizabalo del Instituto de Pediatría de Concordia por el fallecimiento de una persona el 10 de diciembre de 2013.
El propio abogado Jáuregui recordó que “el 8 de diciembre de 2013, la menor de 12 años de Federación, amaneció con dolores de abdomen, y continuó ese día con vómitos, por lo que recibió a las 20 de ese mismo día, por parte de una enfermera particular de esa localidad, Dipirona inyectable”.
“El lunes 9, continua con los mismos síntomas y a las 13 de ese mismo día fue revisada por el doctor Marcelo Javier Vera, quien le dice a los padres que concurrieran al hospital San José de Federación para internarse porque ya presentaba un cuadro de deshidratación y de mal aspecto general, creyendo conveniente realizar análisis de sangre”.
“En la Historia Clínica consta que se le diagnosticó abdomen agudo, gastroenteritis aguda y apendicitis aguda. A las 15 del lunes 9 de diciembre de 2013, se le extrajo sangre y a las 17 del mismo día se recibieron los análisis cuyos resultados sugerían una interconsulta con Hematología”.
El caso siguió con la recomendación de los médicos Juan Carlos Baldezzari y Marcelo Javier Vera para que la menor sea derivada al Instituto de Pediatría de Concordia para realizar una interconsulta con un hematólogo, la que se realizó partiendo la ambulancia desde Federación con la paciente, su madre y la enfermera Mónica Romero.
El abogado Jáuregui recrea la situación y narra que “al arribar al Instituto de Pediatría fue atendida por el doctor Carlos Alfredo Arizabalo, quien le diagnosticó abdomen agudo peritonítico, internándola para realizar una serie de estudios médicos, decidiendo una nueva derivación al Sanatorio del Niño de Paraná”.
“El traslado a Paraná se realizó mediante ambulancia que partió desde Concordia el 10 de diciembre de 2013 a las 2:30, ingresando al Sanatorio del Niño a las 5:30 del martes 10 de diciembre. Sostienen que efectuado el examen físico en el Sanatorio del Niño se le diagnosticó síndrome de respuesta inflamatoria sistémica de origen infeccioso, sepsis, shock séptico y a las 8:30, la doctora Lorena Benítez dejó constancia como diagnóstico presuntivo el de peritonitis apendicular y shock séptico”, explicó el abogado de acuerdo a la lectura del expediente.
“A las 13:45 del martes 10 de diciembre de 2013, comenzó el procedimiento de inducción anestésica para realizar una exploración quirúrgica del abdomen o laparotomía, llevándose a cabo una punción para descomprimir el abdomen; extrayéndose abundante líquido purulento y constatándose apéndice gangrenoso y perforación en íleon, por lo que se efectuó una apendicectomía. día martes 10 de diciembre de 2013, luego de sufrir siete paros cardiorespiratorios, esta menor lamentablemente falleció a las 15:30.
La condena
El 17 de abril pasado, el juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial N° 4 de Concordia dictó una sentencia condenatoria contra el médico Marcelo Javier Vera, el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, el médico Carlos Alfredo Arizabalo del Instituto de Pediatría. A Jáuregui le llamó la atención que esa sentencia “extrañamente fue consentida por los letrados de los intervinientes en el pleito”, ya sea porque omitieron apelar o porque habiéndolo hecho no expresaron en la alzada los agravios y ello determinó la deserción del recurso.
La parte actora embargó las cuentas del Instituto de Pediatría, pero no de la Provincia y ello determina la absoluta imposibilidad de continuar las actividades del centro médico privado, a pesar de los cuarenta años de trayectoria que tiene en Concordia y en la región.
Ahora se intenta que la Provincia no quede ajena a esta situación, agravada por la pandemia del coronavirus y la crisis financiera generalizada, que le impedirán al Instituto de Pediatría continuar abonando los salarios e incluso el aguinaldo a su personal.
Jáuregui reflexionó que “la deficiente defensa jurídica que tuvo el Instituto en esa causa, no releva el rol del Estado en esta coyuntura y la necesidad de concurrir para solucionar de manera urgente un problema que agravaría la emergencia sanitaria que embarga a los entrerrianos”.