El Poder Ejecutivo llamó a licitación para definir el servicio de agente financiero

El Poder Ejecutivo llamó a licitación para definir el servicio de agente financiero

El Poder Ejecutivo provincial formalizó el llamado a licitación para contratar una entidad bancaria que preste el servicio de agente financiero de la provincia • Se incorpora el pago de un canon anual para el Estado y líneas de financiación para el sector productivo • El proceso se llevará adelante a través de la Unidad Central de Contrataciones y se invitó a la Legislatura a conformar una comisión de seguimiento, según la información

La medida está contenida en el decreto 781/2020, fechado el 3 de junio. El procedimiento se llevará a cabo a través de una doble presentación: en el sobre uno, se incluirán los antecedentes requeridos para la calificación de la oferta técnica y en el sobre dos, la oferta económica – financiera.

Dentro de la oferta técnica, la entidad que pretenda prestar el servicio deberá especificar antecedentes en pago de haberes; percepción, administración y transferencia de fondos de coparticipación federal y provincial; recaudación de tributos y pago a proveedores del Estado en la Argentina y con anterioridad al 31 de diciembre de 2019. Además, deberá adjuntar un detalle de sucursales, cajeros y otras dependencias en Entre Ríos, con detalle de distribución por municipio y comuna.

En la oferta económica, cada institución financiera participante deberá especificar cuál será el canon anual que pagará a la provincia por asegurarse ser el agente financiero. Esta es la principal modificación: hasta ahora era el Estado el que pagaba por este servicio.

Este canon será expresado en un porcentaje de la masa salarial líquida de la provincia que se ordena por cronograma de haberes, definida como la sumatoria resultante del monto neto acreditado en las cuentas de los agentes provinciales – activos y pasivos –  en el banco, más las sumas en concepto de descuento por préstamos otorgados por el banco a los agentes provinciales.

Este pago anual que deberá hacer la entidad financiera ganadora “es la contraprestación por la renta generada por el capital prestable proveniente de los saldos de las cuentas oficiales y de los haberes, obtenida por el agente financiero y por los beneficios económicos y comerciales relacionados con la ampliación de su negocio bancario, que surgen como consecuencia de dicha vinculación jurídica.

La Provincia, sin embargo, mantiene el pago de algunas comisiones: 0,15% por la percepción de recursos de coparticipación nacional; 0,15% por la transferencia de coparticipación a los municipios; 0,15% pago a contratistas y proveedores del Estado; 1% de la percepción de impuestos provinciales y 0,5% por el pago de haberes a activos y pasivos. Estos niveles son máximos.

Cabe señalar que la entidad ganadora deberá seguir abonando el impuesto sobre los ingresos brutos a la Provincia

La institución financiera que resulte ganadora tendrá la exclusividad para percibir todos los recursos de organismos y empresas del Estado, incluso de las que hasta ahora están excluidas de este requisito como Sidecreer y el Instituto del Seguro.

Asimismo, se fija una línea de préstamos preferenciales, con un piso de bonificación del 5% de la tasa de interés para líneas de créditos al sector productivo

El valor del pliego para participar en la compulsa se fijó en $ 350 mil. El plazo de contratación será de 10 años. 

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