La solicitud fue elevada al Comité de Emergencia Sanitaria Provincial e incluyó una propuesta de protocolo elaborada por la empresa Cinema Concept SRL, titular del Cine Gran Libertad.
Dicho protocolo, entre otras cuestiones, menciona que se limitará la cantidad de espectadores al 30% de la capacidad de la sala o bien al porcentaje necesario para mantener el distanciamiento obligatorio (2 metros según medidas sanitarias); y se indicará, además, el uso obligatorio del tapa boca para trabajadores y espectadores/clientes. En el caso de los trabajadores se les proveerá de una máscara sanitaria y guantes descartables.
Asimismo, indica que se le tomará la temperatura a cada persona (sea cliente o trabajador) que ingrese al establecimiento. Para esto se adquirieron termómetros infrarrojos de medición de temperatura corporal, homologados por ANMAT, ente que regula los dispositivos de salud, el mismo será utilizado por personal del cine capacitado para dicha función. De la misma manera, se dispondrá de alcohol en gel en los distintos sectores del cine, baños, boletería, candy e ingreso a la sala y se realizará pulverización de la sala entre función y función con producto sanitizante: butacas, apoyabrazos, barandas y piso en general.
Los empleados, por su parte, deberán dar cumplimiento, a fin de evitar el contagio para sí y para terceros, de las siguientes medidas: higienizarse las manos antes, durante y después de los desplazamientos que vaya a realizar; llevar siempre consigo mismo un pequeño envase que contenga un desinfectante para utilizar en la vía pública; y, si está dentro de sus posibilidades, utilice siempre su vehículo particular; entre otras cuestiones.
Por otra parte, se hace hincapié, también, que, en el caso de que los puestos de trabajo no posean barreras físicas (vidrio, acrílico, etc), se deberá organizar los mismos de tal manera que cada uno mantenga una distancia mínima de 2 metros entre sí. Si esto no es posible, los empleados deberán utilizar de manera obligatoria mascarilla, barbijo o tapa boca a fin de disminuir al máximo las posibilidades de contagio entre los mismos.
En caso de ser posible, se mantendrá el ambiente laboral bien ventilado y en condiciones de higiene y desinfección. También, se deberán reforzar las medidas de higiene en el cine, pisos, picaportes y toda otra superficie con la que el trabajador o público pueda entrar en contacto, y habrá que contar con reposición de Elementos de Protección Personal (EPP) y kit de desinfección e higienización.
El personal de limpieza deberá contar con todos los elementos de seguridad necesarios para controlar y minimizar la exposición y, antes de un relevo en la operación de algún elemento de trabajo de uso comunitario (computadora / teléfonos fijos / etc), habrá que limpiar y desinfectar adecuadamente el puesto de trabajo (controles, teclado, mouse, pantallas, herramientas, pisos, pasamanos, picaportes, etc.).
Finalmente, en cuanto a las medidas a tomar para la venta de candy bar y boletería, se menciona lo siguiente: en el caso de entrega de mercadería (alimentos) al público que asiste al lugar deberán tomar medidas tales como, implementar cartelería en el ingreso de lugares sobre las cuestiones preventivas y distancia entre personas; y entregar la mercadería mediante un sistema donde no haya contacto directo entre trabajador y quien lo recibe , asignar un lugar físico de modo que se focalice todo el posible riesgo en un lugar/ sector, que se deberá higienizar constantemente.Protocolo-sanitario-CinemaDescarga