El Gobierno nacional oficializó mejoras salariales para las Fuerzas Armadas al incorporar a los haberes mensuales de los efectivos los suplementos que ya cobraban pero que no formaban parte del salario básico. Los nuevos montos.
A través del Decreto 780/2020 del Ministerio de Defensa,
publicado hoy en el Boletín Oficial, el Ejecutivo fijó los nuevos montos de los
haberes mensuales a partir del 1 de octubre para el personal militar.
Asimismo, derogó el “Suplemento por responsabilidad
jerárquica” y el “Suplemento por administración del material”,
los cuales pasan a incorporarse al haber mensual del personal de las Fuerzas
Armadas.
El pasado 22 de julio, el Presidente había adelantado la
recomposición salarial del personal militar, al celebrar por primera vez, en su
rol de comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, el encuentro de camaradería
de los altos mandos del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, en el Edificio
Libertador.
“Hemos dispuesto que a partir del 1º de octubre de este
año la totalidad de los suplementos no remunerativos que cobra el personal
militar pasen a ser cobrados como suplemento remunerativos”, dijo el
mandatario en esa oportunidad y expresó que la medida además de “volver a
poner las cosas en orden”, pondrá fin “a todas las inequidades que se
produjeron en estos tiempos en los salarios militares”.
El decreto conocido hoy lleva también la firma del jefe de
Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro del área, Agustín Rossi.
En los considerandos se destaca que “resulta necesario
fijar una escala de haberes que reconozca una adecuada relación con la
capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su
actividad”.
Establece además que la fijación de esos importes se efectuó
“conforme las pautas establecidas respecto de los fallos de la Corte
Suprema de Justicia con relación a que las sumas pagadas al personal en
actividad por los suplementos “por responsabilidad jerárquica” y
“por administración del material” deben considerarse remunerativas y
bonificables y, en consecuencia, incorporarse al “sueldo” de ese
personal.
Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval
En tanto, a través de la Resolución 344/2020 del Ministerio
de Seguridad publicada hoy en el Boletín Oficial -con la firma de la ministra
Sabina Frederic- se establece también a partir de ahora el nuevo haber mensual
para los efectivos de la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional y
Prefectura Naval.
El pasado 18 de septiembre, al participar de un acto en el
Hospital Churruca, el Presidente había adelantado que había ordenado
“empezar a regularizar los ingresos de oficiales y suboficiales para que,
en un tiempo no mayor de 18 meses, todos los ingresos no remunerativos formen
parte” del salario.
En el caso de la Gendarmería se fijan los importes
correspondientes a los suplementos “por cumplimiento de tareas específicas
de seguridad”, “por mayor exigencia del servicio”, “por
disponibilidad permanente para el cargo” y “por disponibilidad
permanente para la función”, que percibe el personal con estado militar de
gendarme en actividad.
Para el caso de la Prefectura, se determinan los importes
correspondientes a los suplementos particulares “por cumplimiento de
tareas específicas de seguridad”, “por mayor exigencia del
servicio”, “por disponibilidad permanente para el cargo” y
“por disponibilidad permanente para la función”, que percibe el
personal con estado policial en actividad de esa fuerza.
Finalmente, para el caso de la Policía Federal, se fijan los
nuevos importes correspondientes “a los suplementos particulares por
“Alta Dedicación Operativa”, “Función Técnica de Apoyo”,
“Función Policial Operativa”, “Función de Investigaciones”
y “Responsabilidad por Cargo o Función”, que percibe el personal con
estado policial en actividad y el personal Auxiliar de Seguridad y Defensa de
la Policía.