El gobierno reglamentó la Ley 27.491, que establece que las vacunas son obligatorias, gratuitas y un bien social, y que tiene por objetivo garantizar un mayor acceso y equidad a todas las vacunas que componen el Calendario Nacional de Vacunación.
Mediante el decreto 439/2023, publicado ayer en el Boletín Oficial, el gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley 27.491 de Control de Enfermedades Prevenibles por Vacunación, sancionada en diciembre de 2018, con el objetivo de regular y fortalecer la implementación de una política pública estratégica dirigida a controlar las enfermedades prevenibles por vacunación.
“Esta ley se sancionó en un momento en el que no estaba asegurada la provisión de vacunas, fue una muestra clara del consenso sobre la importancia de la vacunación como una política de Estado, ya que contó con el apoyo de todas las fuerzas políticas y ahora, como compromiso de este Gobierno, se reglamentó, para que nadie tenga dudas que se trata de una política de Estado”, indicó Vizzotti.
La ministra explicó que la reglamentación establece que las vacunas “son gratuitas, obligatorias, y un bien social”. A su vez, aclaró que “si bien se va a solicitar el certificado de vacunación para hacer distintos trámites, esto no imposibilita la concreción de los mismos, sino que genera un circuito virtuoso con una mirada federal, ya que será implementado por cada jurisdicción, que garantiza el acceso a los derechos, y fomenta la vacunación en todas las etapas de la vida”.
Adicionalmente explicó que la ley establece que el presupuesto para garantizar el efectivo cumplimiento de la misma surgirá del Ministerio de Salud de la Nación, de esta manera “el Estado nacional dispone de una ley que genera equidad en el acceso de todas las vacunas del calendario, junto con los insumos necesarios para su aplicación a la población”.
La presente normativa y su reglamentación establecen que, por ejemplo, tanto el personal educativo como el personal de salud serán actores fundamentales para garantizar los circuitos que faciliten la vacunación en esta etapa de la vida.
Qué dice la ley sobre vacunas en la Argentina
La ley otorga la facultad al Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma Buenos Aires, de llevar a cabo todas las estrategias y acciones necesarias para prevenir y controlar las enfermedades prevenibles por vacunación, en todos los subsectores del sistema salud, así como también la realización de toda acción tendiente a lograr la eliminación y posterior erradicación de aquellas factibles de serlo.
En su carácter de autoridad de aplicación, el Ministerio de Salud de la Nación aprobará y publicará el Calendario Nacional de Vacunación (CNV) y sus eventuales actualizaciones, a través del Boletín Oficial y/o en los sitios web de la cartera sanitaria para que sean de acceso público.