El Banco Central resolvió que los titulares de programas de ayuda por parte del Estado ya no tendrán acceso al dólar oficial. Incluye el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y a quienes tengan créditos hipotecarios y alquileres congelados.
Las nuevas medidas del Banco Central impiden el
acceso al dólar a los beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y
otros planes sociales y a quienes tengan créditos hipotecarios y alquileres
congelados. Así extiende a estos sectores la prohibición que ya regía para los
que recibieron ayuda estatal durante la cuarentena, como los monotributistas
que accedieron al crédito a tasa 0% por parte de la AFIP o a los directivos de
empresas que entraron al programa de Asistencia al Trabajo y la Producción
(ATP) para que el Estado se haga cargo de hasta el 50% de los salarios privados.
La idea de impedir que los beneficiarios de planes sociales
compren dólares venía siendo analizada dentro del Gobierno desde hace dos
meses. Hace un mes el presidente Alberto Fernández habló públicamente del tema.
“Mucha gente que recibe el IFE lo convierte en dólares, no para especular
sino para que no se deteriore el ingreso”, aseguró.
En agosto 5 millones de personas habrían comprado dólar
ahorro y así se llevaron US$ 940 millones. Hay 9 millones de personas que
cobran el IFE. Buena parte de ellos reciben el bono de $ 10.000 y compran
dólares para luego venderlos en el mercado blue y hacer una diferencia de hasta
$ 5.000, según las cotizaciones que regían antes de la entrada en vigencia del
recargo del 35% sobre el dólar turista o solidario.
En este caso la operatoria requería de varios pasos: primero cobraban los $ 10.000, compraban US$ 95 en el banco
a $ 9.785 (a una cotización de $ 103 con el impuesto PAIS incluido) y lo
vendían en el mercado blue a $ 128, con lo que embolsan $ 12.160. Con ese
dinero volvían al banco, compraban los otros US$ 105 que el cupo les permitía y
los volvían a vender en el blue. Así hacían una diferencia de $ 5.000. Ahora el Banco Central resolvió que ya no podrán
usar el cupo de US$ 200 “los beneficiarios de algún plan o programa
caracterizado como de ayuda social”. Para determinar esto, las entidades financieras
deberán chequear con ANSES para ver si la persona recibe o no algún beneficio
de este tipo.
Además, la autoridad monetaria estableció que para la apertura de nuevas
cajas de ahorro en dólares, el banco deberá “obtener evidencia de que el
cliente posee ingresos o activos consistentes con el ahorro en moneda
extranjera”.
Junto con esto el Central decidió que quienes tengan créditos
hipotecarios con cuotas congeladas durante la cuarentena tampoco podrán comprar
dólares en el mercado oficial. Y lo mismo ocurre para quienes tengan un crédito prendario
que se actualiza por Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) y que también haya
sido congelado.
Mientras se mantenga el congelamiento se mantendrá la
prohibición de acceso al mercado.
En este rubro de congelamiento de cuotas por la cuarentena también entrarían quienes tienen frizados los alquileres, aunque en este caso resultará más complejo para los bancos poder determinar a quienes les cabe esta prohibición, ya que en general se trata de contratos entre privados. Así se desprende del punto 2 de la Comunicación 7106 del Banco Central, con fecha del 15 de septiembre, publica el diario Clarín.