En la resolución, el Enacom aseguró que “convalidar pretensiones de incrementos excesivas generaría que los usuarios se vean obligados a soportar un precio de servicio que los pudiera tornar inaccesibles”.
El Gobierno autorizó hoy aumentos de hasta el 7,5% para los servicios de Internet, televisión por cable y telefonía fija, que empezarán a regir en marzo.
A través de la Resolución 204/2021 del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), publicada este martes en el Boletín Oficial, se estableció que las licenciatarias de Servicios de Telefonía Fija (STF), podrán incrementar el valor de sus precios minoristas en marzo de 2021 “en hasta un 5%”.
Por su parte, las prestadoras de internet tendrán el siguiente esquema de incrementos:
-Planes que ofrecen hasta 50 Mbps de velocidad de bajada, Segmento Hogar, de prestadores de SVA-INT con menos de 100 mil accesos totales: hasta un 7%.
-Planes que ofrecen hasta 50 Mbps de velocidad de bajada, Segmento Hogar, de prestadores de SVA-INT con 100 mil accesos totales o más: hasta un 5%.
-Planes que ofrecen 50 Mbps o más de velocidad de bajada, Segmento Hogar: hasta un 7,5%.
-Planes Corporativos: hasta un 7,5%.
-Para los abonos de televisión por cable residenciales, el cronograma de aumentos será:
-Planes ofrecidos por prestadores de Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico o Radioeléctrico (SRSVFR) con menos de 100.000 accesos totales: hasta un 7%.
-Planes ofrecidos por prestadores de SRSVFR con 100 mil accesos totales o más: hasta un 5%.
-Planes o paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales “Premium”: hasta un 7,5%. Por su parte, el ajuste para los servicios de televisión satelital quedó determinado de la siguiente manera:
-Hasta cinco por ciento para prestadoras con menos de 200 canales, 7,5% para prestadoras de 200 o más canales y de hasta un 7,5% en el caso de planes o paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales “Premium”.
Quiénes pueden aplicarlo
El Enacom aclaró que los incrementos autorizados “sólo podrán ser aplicados por aquellas Licenciatarias que hubiesen cumplimentado las disposiciones en las que se permitieron las anteriores actualizaciones tarifarias”.
El organismo aseguró que “convalidar pretensiones de incrementos excesivas generaría que los usuarios se vean obligados a soportar un precio de servicio que los pudiera tornar inaccesibles”.
“Admitir un precio irrazonable implicaría una afectación a una gran parte de la sociedad, perjudicando su accesibilidad y los derechos fundamentales que las TIC en general permiten satisfacer, máxime durante la pandemia, donde ha quedado demostrado cabalmente que sólo a través del uso de tales tecnologías fue posible esa satisfacción”, añadió.
A lo largo de 2020, el Gobierno había congelado el precio de los servicios de telecomunicaciones y prohibido el corte por falta de pago, en el marco de las restricciones impuestas por la pandemia.