La justicia declaró inconstitucional la fumigación con agrotóxicos a 50 metros de las zonas pobladas

La justicia declaró inconstitucional la fumigación con agrotóxicos a 50 metros de las zonas pobladas

El titular del juzgado Nº 1 de Instrucción Civil, Comercial y Laboral de La Paz, Diego Rodríguez, hizo lugar en forma parcial a un amparo ambiental presentado por pobladores de Colonia Avigdor junto a la coordinadora Basta Es Basta, y declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la Resolución N°47, que permite las fumigaciones a 50 metros

El artículo 2 de la Resolución N° 47 de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios y Recursos Naturales (SAAyRN), que data del 2004, establece límites para el uso de agroquímicos en lugares donde existan casas o caseríos lindantes a lotes de uso productivo, a una distancia de 50 metros. Este artículo “es inconstitucional por contravenir los estándares mínimos de protección”, remarcaron desde Basta es Basta y sostuvieron que “atenta contra los derechos humanos”.

“Mientras el Gobierno provincial insiste en una nueva ley de agrotóxicos totalmente regresiva en materia de derechos humanos y que no se ajusta al derecho ambiental, la justicia declaró inconstitucional las fumigaciones con agrotóxicos a 50 metros de las zonas pobladas, tal como lo establece la actual ley de plaguicidas”, subrayaron y apuntaron: “La justicia nuevamente nos dio la razón”.

En el fallo, el juez indicó que “la actividad de pulverización de productos agropecuarios ya ha sido calificada por el Superior Tribunal de Justicia como una actividad riesgosa habilitante de la aplicación del principio de precaución contenido en la Ley General del Ambiente”.

A su vez especificó: “El peligro inminente -que las demandadas sostienen que no se ha configurado- se materializa en la amenaza derivada de la aplicación de agrotóxicos en una comunidad que se encuentra enmarcada en una zona productiva; y destaco que la falta de certeza científica sobre sus consecuencias o sobre la aplicación concreta de pulverizaciones no me parece un argumento que justifique la improponibilidad de la acción, sino todo lo contrario, ya que no es posible soslayar que se trata de una situación extremadamente delicada y sensible, estando en juego la salud de personas, en particular niños y adultos mayores antes referenciados”.

Desde Basta es Basta apuntaron: “Ha quedado demostrado una vez más la peligrosidad que implican para la salud las pulverizaciones con sustancias agrotóxicas, y que el derecho humano a la salud y a la vida no pueden quedar subyugados al derecho de propiedad”.

“Seguimos reafirmando la necesidad de extender la distancia de resguardo en 1000 metros, de acuerdo a toda la información disponible, que dan cuenta de la presencia de residuos de agroquímicos, que es un fenómeno que se extiende en gran parte del área productiva del país y que estaría indicando efectos de las denominadas ‘derivas’ de plaguicidas, la que no existe método científico que pueda controlar”, expresaron por último.

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