Pronto se podrá cobrar el Aguinaldo de fin de año y este representa el 50% del Sueldo Anual Complementario (SAC).
Todos los años las empresas deben pagar el aguinaldo de fin de año a sus trabajadores. Se trata de un salario adicional que reciben los trabajadores, es el Sueldo Anual Complementario (SAC). Este salario adicional se abona en dos cuotas siendo la primera en junio y la segunda en diciembre, toda la información se encuentra en La Ley de Contrato de Trabajo 20.744.
A este salario se le puede agregar más dinero pero hay que tener en cuenta ciertos factores que influyen en el número final. Entre estos están los días trabajados, las horas extras y el mejor salario básico que recibió el trabajador en el transcurso de esos seis meses. la suma de todo esto resultará en el número final a cobrar del aguinaldo de fin de año.
Con respecto a los plazos existen dos fechas importantes, cada una relacionada al mes que se cobra el aguinaldo. El 30 de junio es la fecha límite para la primera cuota y el 18 de diciembre es la fecha final para la segunda. En ambos casos existen los casos de periodo de “gracia”, de cuatro días.
A diferencia de otros años, el 2021 el aguinaldo de fin de año no pagará impuesto a las ganancias. Fue eximido en la modificación que aprobó el congreso en el que también se elevó el mínimo no imponible.
En lo que respecta a los jubilados la ANSES pagará en concepto de aguinaldo. De esta forma los jubilados que reciben la mínima podrán cobrar un extra de 11.532 pesos a fin de mes como parte del SAC o también llamado aguinaldo de fin de año. también podrán cobrar 34.596 pesos en total si este suma el monto mensual tradicional.
El caso de los beneficiarios de AUH, SUAF y AUE es distinto ya que no les corresponde cobrar por aguinaldo de fin de año. El mismo concepto se aplica a los monotributistas con la diferencia de que meses atrás se habló de la posibilidad de que puedan cobrarlo pero no se llegó a concretar.