FacebookTwitteremailPrint La misma está ubicada en calle Corrientes, en Barrio Curiyú, en la zona norte de la ciudad de Chajarí. La publicación del edicto fue dispuesta mediante el Decreto N°683/2019 DE. La Municipalidad de Chajarí comunica y hace saber que mediante el Decreto N°683/2019 D.E. dispuso que se debe notificar a la persona que fue […]
La misma está ubicada en calle Corrientes, en Barrio Curiyú, en la zona norte de la ciudad de Chajarí. La publicación del edicto fue dispuesta mediante el Decreto N°683/2019 DE. La Municipalidad de Chajarí comunica y hace saber que mediante el Decreto N°683/2019 D.E. dispuso que se debe notificar a la persona que fue adjudicada en su momento, del contenido y alcance del Decreto N°603/2019 del Departamento Ejecutivo con fecha 19 de julio de 2019. Allí, se expresa que el Presidente Municipal, Pedro Galimberti, en uso de sus atribuciones dispone desadjudicar esta vivienda por razones que se publican en dicho Decreto.
La vivienda en cuestión fue adjudicada, oportunamente, a través del “Programa Federal de Viviendas y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales”, el cual tiene como objetivo principal la atención, mediante la construcción, ampliación y/o mejoramiento de viviendas e infraestructura apropiada, a grupos de pobladores originarios y rurales en situación de vulnerabilidad.
Dicho programa establece que la adjudicataria (en este caso) tiene la obligación de ocupar efectivamente la vivienda con su grupo familiar, y tomar a su cargo la custodia, su cuidado y mantenimiento. Asimismo, respetando la imposibilidad de locar (en todo o en parte), ni ceder en forma temporaria permanente su uso a otras personas.
Además, y a fin de efectivizar el recupero de parte de los fondos ejecutados en la construcción de dichas viviendas para la re inversión en nuevos proyectos, se firmaron planes de pagos acordes a los ingresos del grupo familiar adjudicatario.
Entre los considerandos del Decreto N°603/2019, se establece que la adjudicataria informada por el Organismo Autárquico Administrador de la Vivienda (OAAV) no ha cumplido todos los objetivos y obligaciones establecidos, ya que actualmente la vivienda se encuentra deshabitada, y que la adjudicataria – al mes de julio pasado – sumaba un valor de deuda, por incumplimiento de su plan de pagos, de un total de $48,477.41. Además, según las actas de constatación realizada con la intervención de una Escribana Pública, la vivienda social de referencia se encuentra en muy malas condiciones y sin suministro eléctrico.
Finalmente, cabe mencionar que las denuncias de este tipo de casos, se toman de forma anónima en las Oficinas de Vivienda del Gobierno local. Las mismas se encuentran en Rivadavia Nº2540, y atienden a los vecinos de lunes a viernes de 7 a 13 horas.
GCCH – Edicto Municipal Desadjudicación de Vivienda SocialDescargar
GCCH – Decreto 683-2019Descargar