El proyecto de ordenanza ingresó en la pasada sesión ordinaria del Concejo Deliberante llevada a cabo en el Museo de los Asentamientos y se dio pase a Comisión.
En el Proyecto de Ordenanza presentado se menciona la necesidad de establecer los órganos que intervendrán en el juzgamiento y sanción de las infracciones municipales, organizando un régimen jurisdiccional a cargo de jueces de faltas, fijando una instancia de apelación. Los funcionarios que ejerzan tales roles serán designados a través de un procedimiento que garantice la idoneidad de sus integrantes designado por el Departamento Ejecutivo Municipal previo acuerdo dado por la mitad más uno de los miembros del Concejo Deliberante.
El Juez de Faltas tenderá a su cargo el juzgamiento de las faltas, infracciones y contravenciones que se comentan en jurisdicción del Municipio de Federación y que resulten de violaciones de leyes, ordenanzas, reglamentos, decretos, resoluciones o cualquier otra disposición cuya aplicación y represión corresponda al Municipio, sea por vía originaria o delegada. El secretario del Juzgado de falta dependerá jerárquicamente y funcionamiento del Juez de falta.
El Juzgado de Faltas estará a cargo de un juez y un secretario que estarán habilitados con el título de abogado con dos años de antigüedad en la inscripción de la matrícula en el Colegio de Abogados de Entre Ríos. Deberá: a) Ser argentino. B) Tener como mínimo 25 (veinticinco) años de edad. d) Tener una antigüedad en el ejercicio de la matricula no inferior a 5 años. E) Debe ser un vecino con residencia estable en el municipio no menos a 5 años. F) No debe haber sido condenado por delitos penales ni debe estar procesado por algún delito (ambos autos firmes), lo cual se acreditará con el correspondiente Certificado emitido por el Registro Nacional de reincidentes.
El Juez de Faltas y el Secretario municipal de faltas serán designados mediante concurso de antecedentes y oposición, y el proceso de evaluación de los aspirantes será a cargo de una comisión evaluadora conformada para tal fin.
La comisión evaluadora estará conformada por:
- Dos concejales del Honorable Concejo Deliberante de Federación, uno por el bloque de la mayoría y uno por bloque de la minoría.
- Un representante del Departamento Ejecutivo.
- Un representante de la “Asociación Civil de Magistrados y Funcionarios de la Justicia de Faltas de Entre Ríos”.
- Un representante del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos.
- Un representante del Colegio de la abogacía de la provincia de Entre Ríos. (Informe Ciudadano)